PERSONAS MIGRANTES
migrar es un derecho…
y si bien se reconoce que los países pueden establecer distinciones objetivas y razonables entre personas nacionales y extranjeras, también se establece que éstas deben realizarse respetando el marco de los derechos humanos, relevando el derecho a la igualdad y la no discriminación como principio central. Para que esto ocurra, se debe pasar de un enfoque basado netamente en la seguridad nacional por uno de derechos humanos.
Sólo tres países de Sudamérica reconocen en su constitución la migración como derecho; Chile no forma parte de ellos. Si queremos promover una migración segura, regular y ordenada, donde los derechos de las personas migrantes se vean garantizados, es clave incorporar este tema en la discusión constituyente, especialmente en un escenario regional de gran movilidad humana. Para esto, y con el fin de asegurar la inclusión y participación política de las personas migrantes, es necesario relevar cuáles son las principales barreras que se interponen a su inclusión.
Por lo pronto, van cuatro propuestas frente a la discusión constituyente: reconocimiento del derecho a migrar; desarrollo de una educación intercultural como respuesta ante la discriminación; mayor participación; modernización del Estado, como respuesta a las problemáticas de la burocratización.